La importancia de hacer testamento
¿Hay que plantearse qué pasará con nuestros bienes cuando ya no estemos? La respuesta siempre es sí.
En muchas ocasiones, las personas evitamos pensar en el día en que ya no estaremos. Aunque involuntariamente, esto puede crear problemas a los que usted quiera que sean sus herederos.
¿Para qué sirve hacer testamento? Sirvan como ejemplo estas cuatro razones
- Para que realmente se cumpla su voluntad de que cada uno de sus herederos tenga lo que usted le quiera dejar. Usted conoce las razones por las que quiere dejar cada bien a sus herederos. Sin un testamento que otorgar, el reparto de sus bienes se hará de acuerdo a lo que marque la Ley, y puede que no todos los herederos reciban lo que usted quiere o, incluso, lo que les prometió en vida.
- Para evitar situaciones incómodas, e incluso injustas, en el reparto de bienes. Es habitual que en una herencia haya bienes más deseados que otros. Tanto por valor sentimental como económico. Por ejemplo: no es lo mismo heredar un inmueble sin alquilar y que genera gastos de mantenimiento, que un negocio en funcionamiento que es fuente de ingresos para quien lo herede. Además, frecuentemente se dan diferencias no sólo entre los hijos del fallecido –si los tuviera- sino también entre sus parejas. Estos casos suelen complicar las relaciones familiares y se pueden evitar al otorgar testamento.
- Para proteger a su cónyuge. En caso de no existir testamento, los herederos serán los hijos del fallecido. Aunque el cónyuge superviviente será usufructuario de los bienes, no podrá disponer de la plena propiedad de los bienes adquiridos conjuntamente durante su vida conyugal.
- Para pagar menos impuestos. Una buena planificación sucesoria debe permitir a sus herederos pagar los mínimos impuestos al poder prever y diseñar escenarios que permitan ordenar la herencia.
El consejo de CIMA Consulting, su consultoría estratégica en Barcelona, es claro: haga testamento. Si no tiene claro como quiere repartir sus bienes, piense que un testamento se puede cambiar tantas veces como se quiera. Eso sí, el único válido será el último que se haya firmado.
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