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Información sobre inversiones en el extranjero (cuentas corrientes, depósitos, valores, etc.)

13-06-2019

La Agencia Estatal de Administración Tributaria, como hace cada ejercicio, ha publicado las directrices y criterios generales del Plan Anual de Control Tributario para el 2019.

Estas directrices para el ejercicio en curso se centrarán, entre otras muchas, en el control de cuentas financieras abiertas en el extranjero por parte de residentes Españoles, y en su correcta declaración de rendimientos y titularidades.

En este sentido, desde CIMA Consulting, consultoría estratégica en Barcelona, les recomendamos comprobar con sus intermediarios financieros que te gestionan estas cuentas situados en el extranjero, el correcto cumplimiento de las obligaciones de información, y en concreto:

  • Presentación de las declaraciones informativas de cuentas corrientes y valores, entre otros, a la Agencia Tributaria (modelo 720).
  • Presentación de la información obligatoria de saldos, transacciones y variaciones en el Banco de España (ETE).
  • Presentación de la información referida a depósitos en el extranjero, efectuada al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (modelo D-6).

Las sanciones por falta de presentación de estas declaraciones en caso de que requerimiento por parte de la Administración son muy elevadas:

  • Presentación de las declaraciones informativas de cuentas corrientes y valores, entre otros, a la Agencia Tributaria, sanción mínima de 10.000,00 euros.
  • Presentación de la información obligatoria de saldos, transacciones y variaciones en el Banco de España, sanción mínima de 6.000,00 euros.
  • Presentación de la información referida a depósitos en el extranjero, efectuada al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, sanción mínima de 6.000,00 euros.


En cambio, en caso de regularización voluntaria de la situación por parte del contribuyente, sin requerimiento previo de la Administración, estos importes se reducen considerablemente, motivo que hace recomendable en todo caso efectuar esta regularización voluntaria:

  • Presentación de las declaraciones informativas de cuentas corrientes y valores, entre otros, a la Agencia Tributaria, sanción mínima de 1.500,00 euros.
  • Presentación de la información obligatoria de saldos, transacciones y variaciones en el Banco de España, sanción máxima de 600,00 euros.
  • Presentación de la información referida a depósitos en el extranjero, efectuada al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, sanción máxima de 600,00 euros.

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