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¿Deberías pedir la devolución del Impuesto de Patrimonio de 2021 y 2022?

03-10-2023

En CIMA Consulting, siempre estamos comprometidos en mantener a nuestros clientes informados sobre asuntos fiscales relevantes que puedan afectar sus finanzas. En esta ocasión, queremos hablar sobre la posibilidad de impugnar las declaraciones del Impuesto de Patrimonio de los ejercicios 2021 y 2022. Esta medida podría tener implicaciones significativas en tu situación fiscal, incluyendo la potencial devolución de cuotas pagadas. Pero, ¿cuáles son los fundamentos de esta cuestión y cómo podría afectarte? Vamos a explicarlo en detalle.

El Recurso de Inconstitucionalidad: ¿Por qué se impugna el Impuesto de Patrimonio?
La Ley 11/2020, que entró en vigor el 1 de enero de 2021, realizó dos cambios importantes en el Impuesto de Patrimonio. Primero, convirtió este impuesto en permanente, sin fecha de caducidad. Segundo, aumentó la tasa máxima impositiva del 2,5% al 3,5%. Estos cambios generaron un debate sobre la constitucionalidad del impuesto, lo que llevó a la presentación del recurso de inconstitucionalidad nº 1798-2021 contra la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

El recurso argumenta que estos cambios deben ser anulados debido a dos razones principales:
  1. Violación del Principio de Capacidad Económica: El aumento del impuesto puede llevar a situaciones en las que los contribuyentes con patrimonios que no generan ingresos tengan que pagar un impuesto que no se ajusta al principio de capacidad económica.
  2. Creación de Tributos por Ley de Presupuestos: La Constitución Española establece que la Ley de Presupuestos no puede crear nuevos impuestos. El recurso cuestiona la conversión indefinida del Impuesto de Patrimonio a través de esta ley.
Efectos para el Contribuyente en Caso de Declararse la Inconstitucionalidad del Impuesto: Si el Tribunal Constitucional decidiera que los cambios en el Impuesto de Patrimonio son inconstitucionales, esto tendría consecuencias importantes para los contribuyentes. Veamos qué podría suceder:

  1. Modificación de la Tarifa: Si se declara inconstitucional la modificación de la tarifa del impuesto, esta se limitaría a la tarifa establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Esto afectaría principalmente a las Comunidades Autónomas sin tarifa propia y a los no residentes que tributan según la tarifa estatal.
  2. Devolución de Cuotas Pagadas: Si se declara inconstitucional la supresión definitiva de la bonificación del 100% y la conversión del impuesto en indefinido, esto sería beneficioso para los contribuyentes. Podría dar lugar a la devolución de las cuotas pagadas en los ejercicios 2021 y 2022.
Importancia de Impugnar Declaraciones Antes de la Resolución: Es esencial destacar que, para asegurarte de que una eventual inconstitucionalidad tenga efectos para ti como contribuyente y que puedas optar a la devolución de las cuotas pagadas, debes haber impugnado tus declaraciones antes de que se resuelva la cuestión de inconstitucionalidad. Esta es una medida crucial que debes tomar si decides seguir este camino.

Recomendación de CIMA Consulting: Sin embargo, es importante actuar con cautela al considerar esta opción. Recomendamos realizar un análisis previo de tu situación fiscal para determinar si existen riesgos potenciales derivados de las declaraciones presentadas. Esto incluye la evaluación de posibles beneficios fiscales, como la exención de participaciones en entidades. Ten en cuenta que impugnar las declaraciones interrumpe el plazo de prescripción y puede alargar el proceso de revisión por parte de la administración.

Conclusión: La posible inconstitucionalidad del Impuesto de Patrimonio es un tema importante que podría afectar tus finanzas. Si deseas obtener más información sobre cómo esto podría impactarte o si estás considerando impugnar tus declaraciones, te invitamos a ponerte en contacto con nuestro departamento fiscal. En CIMA Consulting estamos aquí para brindarte asesoramiento y orientación en asuntos fiscales que puedan influir en tu situación financiera.

Saray Roca Municio.

Abogada. Consultora Fiscal.

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